Puede solicitar un visado "Au Pair" aquellos solicitante que tengan una relación de
colaboración, y no de trabajo, con una familia, caracterizada por lo siguiente:
- El Au Pair debe residir en la misma dirección que la familia.
- Los servicios o tareas domésticas solo serán complementarios al propósito
principal.
- El Au Pair no recibirá un salario por sus servicios.
El solicitante debe tener entre 17 y 30 años de edad.
Los solicitantes deben hacer una cita en la opción de cita de visa nacional y
presentar en persona toda la documentación en :
BLS - SPAIN VISA APPLICATION CENTER, WASHINGTON DC
1660 L St NW, Second Floor, Suite: 216,
Washington, DC 20036
La tarifa de visa revisada y el cargo por servicio de BLS son los siguientes:
Visa dependiendo de la
nacionalidad |
Monto en USD |
Ciudadanos de Estados Unidos |
$160 |
Ciudadanos de Australia |
$476 |
Ciudadanos de Bangladesh |
$99 |
Ciudadanos de Ethiopia
|
Para estadias de hasta 180 dias |
$99 |
Para estadias mas largas de 180 dias |
$510 |
Ciudadanos de Mauritania |
$263 |
Ciudadanos de
UK |
Para estadias de hasta 180 dias |
$99 |
Para estadias mas largas de 180 dias |
$440 |
Todas las otras nacionalidades |
$99 |
NOTA: Para solicitar la visa, es
OBLIGATORIO pagar también las siguientes tarifas de servicios
BLS (si no se pagan, su visa no será procesada):
|
TARIFAS DE SERVICIO BLS |
Monto en USD |
Tarifas de visa |
18 |
- La tarifa puede variar sin previo aviso.
- La tarifa no es reembolsable.
"Checklist"
- Formulario de solicitud de visa: Cada solicitante debe
completar y firmar una solicitud de visa.
- 1 fotografía: Pegada o recortada en el formulario de solicitud
de visa. Especificaciones de la foto: 2x2 pulgadas (51x51 mm) de tamaño,
impresas en papel mate / brillante, tomadas en los últimos 6 meses para reflejar
su apariencia actual frente a un fondo blanco, sin sonreír.
- Pasaporte o documento de viaje: Original y fotocopia de la(s)
página(s) del pasaporte que contenga datos biométricos.- Expedido en los últimos
10 años.- Con al menos 2 páginas vacías.- Válido por al menos el período de
estancia previsto.
- Carta de aceptación para el estudio de español : Debe ser
emitida en España y dirigida al Consulado correspondiente.- Debe estar escrita
en español.- Debe verificar la inscripción a una escuela acreditada.- El curso
debe conducir a la emisión de un certificado o título.- La carta de aceptación
debe mencionar el nombre y la duración del programa. La duración del programa y
la actividad Au Pair deben ser aproximadamente al mismo tiempo.- El estudiante
debe estar registrado a tiempo completo y completar con éxito el programa.
- Prueba de medios económicos: El solicitante debe certificar que
él / ella (o padre, representante legal, familiar o tercero que lo respalda)
tiene medios económicos suficientes para cubrir los gastos de la estancia del
estudiante, La cantidad mínima mensual requerida varía cada año y se calcula de
acuerdo con el Indicador de Renta Pública de Efectos Múltiples (IPREM). Para el
año 2023, el importe mínimo mensual requerido es del 100% del IPREM mensual =
600€ por mes de estancia. Si se proporciona documentación que demuestre que el
alojamiento para toda la duración de la estadía del estudiante se ha pagado por
adelantado, esta cantidad se deducirá del requisito mínimo. Lo mismo se aplicará
si se proporciona documentación que demuestre que el estudiante recibirá un
estipendio durante su estadía.
Se debe presentar al menos uno de los siguientes documentos:
- Si el solicitante tiene plena responsabilidad
financiera: Tres estados de cuenta bancarios mensuales más
recientes, que deben incluir el nombre completo del solicitante y un
saldo final que exceda la cantidad mínima mensual requerida por mes de
estadía.
- Si el solicitante está recibiendo ayuda financiera, préstamos,
becas u otra ayuda económica que cubra la cantidad mínima mensual
requerida: Documentación que acredite la emisión de ayudas
económicas, préstamos, becas u otras ayudas económicas. También se debe
incluir una traducción oficial / certificada de esta documentación al
español.
- Si el padre, tutor legal, pariente o tercero asume toda la
responsabilidad financiera:
- Carta notarial en la que el padre, tutor legal, pariente o
tercero asume una responsabilidad financiera total igual al
menos a la cantidad mínima mensual requerida por mes de estadía.
Redacción sugerida: "Por la presente certifico que yo, [nombre
completo del padre, tutor legal, pariente o tercero que asume la
responsabilidad financiera total], asumo la responsabilidad
financiera total del boleto de ida y vuelta de [nombre completo
del solicitante] a los Estados Unidos, así como los gastos
mensuales de alojamiento y comida mientras esté en España, y
cualquier gasto adicional, de emergencia o de otro tipo, que
pueda surgir durante su estadía".
- Copia notarizada del documento de identidad o pasaporte del
padre, tutor legal, familiar o tercero.
- Los tres estados de cuenta bancarios mensuales más recientes de los
padres, tutores legales, parientes o terceros, que deben incluir el
nombre completo de la parte que asume la responsabilidad financiera y un
saldo final que exceda el monto mínimo mensual requerido por mes de
estadía.
-
“certificado de seguro de enfermedad público o privado contratado con una entidad aseguradora autorizada a operar en España. El seguro debe cubrir todos los riesgos asegurados por el sistema público de salud en España.
El seguro médico debe cumplir los siguientes requisitos:
El seguro debe cubrir todos los riesgos asegurados por el sistema público de salud en España. Esta cobertura debe mantenerse durante toda la vigencia de la autorización.
El seguro médico no deber tener carencia, períodos de gracia, co-pagos, deducciones o límite de cobertura, es decir, debe cubrir el 100% de los gastos médicos, hospitalarios y extra hospitalarios. No obstante, en caso de que la cobertura del seguro esté limitado a cierta cantidad, este límite no debe ser inferior a 30.000€.
No se aceptarán seguros de viaje. No se aceptarán las tarjetas del seguro como prueba acreditativa de la contratación de un seguro de enfermedad.”
- Prueba de residencia en el distrito consular: El solicitante
debe ser residente legal en la jurisdicción del Consulado. La residencia debe
demostrarse presentando una copia de: Licencia de conducir de los Estados Unidos
o identificación estatal.
- Contrato Au Pair: Original y copia notarizada del contrato
firmado por la familia y el Au Pair, o declaración notarizada de la familia
anfitriona que indique las siguientes condiciones:
- Duración del contrato de prácticas, con un máximo de 1 año.
- Participación en servicios o quehaceres, que no deben exceder las 5
horas/día.
- Provisión de un día libre completo por semana: Al menos uno de los días
libres cada mes será un domingo y el Au Pair debe tener la facilidad de
participar en actividades religiosas.
- Dirección que el Au Pair compartirá con la familia anfitriona, así como
el compromiso de disfrutar de un cierto grado de independencia.
- Compromiso de la familia anfitriona de permitir que el Au Pair tenga
tiempo suficiente para asistir a cursos de idiomas y mejorar sus
conocimientos culturales y profesionales.
- Concepto de "dinero de bolsillo" cantidad que el Au Pair recibirá
mensualmente.
- El acuerdo debe permitir a ambas partes rescindir el contrato con un
preaviso de dos semanas.
- No se requiere verificación de antecedentes o examen médico para los
solicitantes que permanecen en España durante 90-180 días.
- Para estancias de más de 180 días Verificación de antecedentes penales:
Los solicitantes mayores de edad deben presentar una copia original o
notarizada de su verificación de antecedentes penales emitida por el país /
países de residencia en los últimos 5 años que indique que el solicitante no
tiene antecedentes penales.
- No aplica para estudiantes menores de 18 años.
- La verificación de antecedentes penales debe ser emitida por el
Departamento de Justicia de los Estados Unidos – Oficina Federal de
Investigaciones (FBI). No aceptamos verificaciones de antecedentes de la
policía estatal o local.
- La verificación de antecedentes penales debe emitirse dentro de los 6
meses anteriores a la presentación de la solicitud de visa.
- La verificación de antecedentes penales debe ser legalizada con la
Apostilla de La Haya. La apostilla debe certificar la firma en la
verificación de antecedentes penales, no otras firmas (por ejemplo, no
aceptamos apostillas que certifiquen la firma de un notario que estampa
un sello en la verificación de antecedentes penales).
- La verificación de antecedentes penales debe ir acompañada de una
traducción oficial o certificada al español de la verificación de
antecedentes penales. La traducción oficial puede incluir la traducción
de la Apostilla también, pero no es necesaria (La traducción no necesita
una Apostilla y la Apostilla no necesita una traducción).
- Incluya una fotocopia (no notarizada) de la verificación de
antecedentes, apostilla y traducción (s) oficial (s) con sus documentos
enviados.
- Bajo ninguna circunstancia se aceptará una verificación de antecedentes
penales si ha sido alterada o dañada de alguna manera, incluidos los
daños causados por la eliminación de grapas.
- Si el solicitante ha vivido seis meses o más en otro país (fuera de los
Estados Unidos) durante los últimos cinco años: se debe proporcionar
original o notarizada de una verificación de antecedentes penales de
cada país de residencia. Estas verificaciones de antecedentes también
deben legalizarse con la Apostilla de La Haya e incluir una traducción
oficial o certificada al español. Si el país o países en los que el
solicitante ha vivido en los últimos 5 años no está sujeto a la
Convención de La Haya de 1961, la verificación de antecedentes debe ser
legalizada por el Ministerio de Asuntos Exteriores del país emisor y
luego por el Consulado de España en dicho país.
- Certificado médico: Certificado médico que demuestre que el
solicitante no sufre de drogadicción, problemas de salud mental o cualquier
enfermedad que pueda tener repercusiones graves para la salud pública de acuerdo
con el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
- Este certificado debe emitirse dentro de los 3 meses anteriores a la
presentación de la solicitud de visa.
- Este certificado debe incluir un sello del Centro Médico emisor, el
nombre y la firma del médico, el número de licencia del médico y la
fecha de expedición.
- El certificado debe estar escrito en papel con membrete del hospital /
consultorio médico o directamente en la plantilla proporcionada.
- Por favor, incluya una fotocopia (no notarizada) del certificado médico
con los documentos presentados.
- El certificado médico debe ir acompañado de una traducción oficial o
certificada al español. En el caso de utilizar el modelo de nuestra web,
no es necesaria la traducción al español. Puede encontrar la plantilla
en el apartado "Descargar formularios".
VISADO AU PAIR PARA MENORES (MENORES DE 18 AÑOS):
- Documentos requeridos para los solicitantes (se aplican las mismas condiciones,
ver arriba):
- Formulario de solicitud de visa: Un padre o representante legal debe
firmar la solicitud una vez completada.
- 1 fotografía.
- Pasaporte o documento de viaje.
- Carta de aceptación para el estudio del español.
- Prueba de medios financieros.
- Seguro de enfermedad.
- Prueba de residencia en el distrito consular.
- Contrato Au Pair.
- Certificado Médico: Sólo para estancias superiores a 180 días.
- Pago de la tasa de visado.
- Documentos requeridos exclusivamente para estudiantes menores de edad
(menores de 18 años):
- Período de tiempo que el menor está autorizado a viajar al extranjero.
- Datos de contacto de las personas a cargo del menor en España: Nombre y
apellidos.
DNI (Documento Nacional de Identidad) o NIE (Número de Identificación de
Extranjeros).
Número de teléfono. Esta autorización debe estar legalizada con la
Apostilla de La Haya e incluir una traducción oficial / certificada al
español.
- Copia notarizada de los pasaportes de los padres o tutores.
- Original o copia notarizada del certificado de nacimiento del menor emitido en
los últimos 12 meses. Debe estar autenticado con la Apostilla de La Haya.
- Carta responsable: Carta de autorización del responsable del menor durante su
estancia en España. El tutor debe acompañar esta carta con:
- Copia notarizada de su pasaporte o documento nacional de identidad.
- Certificado de registro de conducta sexual inapropiada del Ministerio de
Justicia.
- Para estancias de 180 días o más • - Certificado médico.
Procedimiento
Quién puede solicitar una visa: Las solicitudes deben presentarse en
persona.
Lugar de presentación: Los solicitantes deben hacer una cita en la
opción de cita de visa nacional y presentar en persona toda la documentación en:
BLS - SPAIN VISA APPLICATION CENTER, WASHINGTON DC
1660 L St NW, Second Floor, Suite: 216,
Washington, DC 20036
Período de solicitud de visa: Las solicitudes de visa se pueden
presentar desde 6 meses antes del inicio de los programas de estudios, ya que el
procedimiento implica consultas con otras autoridades.
Período de decisión: El período legal para llegar a una decisión es
de 1 mes a partir del día siguiente a la fecha de presentación de la solicitud, pero
este período puede extenderse si se solicita una entrevista o documentos
adicionales.
Recolección de visas: Los pasaportes con visa emitida y otros
documentos originales presentados estarán disponibles para su recogida en persona
por el solicitante o un representante legal debidamente acreditado en la oficina
correspondiente de BLS International Services Ltd.
Los pasaportes se pueden recoger en persona.
Denegación de visado: Las denegaciones del visado o permiso de
estancia de estudios siempre se notificarán por escrito, exponiendo los motivos en
los que se basó la decisión adoptada.
Recursos: Si se rechaza un permiso de estancia de estudios o visa,
el solicitante puede presentar un recurso de reposición ante esta Oficina Consular
dentro de 1 mes a partir del día siguiente a la fecha en que se reciba la
notificación de la denegación. También podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el
plazo de 2 meses a partir del día siguiente a la fecha en que el solicitante reciba
la notificación de la denegación de visado o de la desestimación del recurso de
reconsideración.
Periodo de validez del visado: Si la estancia de estudios no supera
los 180 días, el visado será válido para toda la estancia y no será necesario
obtener una Tarjeta de Identidad de Extranjero. Si la estancia es superior a 180
días, el visado será válido para una estancia de 90 días. En este caso el
estudiante deberá solicitar una Tarjeta de Identidad de Extranjería (T.I.E), en el
plazo de 1 mes desde su entrada en España, en una Oficina de Extranjería o Comisaría
de Policía. Esta Tarjeta de Identidad Extranjera (T.I.E), tendrá validez durante
todo el período del programa.
Nota: lamentamos no poder aceptar fotografías que no cumplan con estos requisitos
Proporcione una fotografía de sí mismo reciente (de no más de 6 meses de antigüedad), que no haya sido utilizada
previamente en el pasaporte. La fotografía debe ser en color y:
- Ha de estar tomada de manera que se distingan los rasgos faciales y la cara contraste con el fondo.
- Ha de ser clara y mostrar la cara enfocada.
- Ha de estar impresa en papel de calidad fotográfica normal.
- Ha de verse completamente la cara, sin sonreír, (sin gafas de sol, sombreros/gorras o cualquier atuendo que la
cubra salvo que el solicitante lleve estos por razones religiosas o étnicas)
- Ha de estar adherida a la solicitud.
Advertencia: Por favor siga estas instrucciones cuidadosamente. Las fotografías presentadas deben coincidir con la
fotografía biométrica, de no tener similitud su aplicación será considerada incompleta. El centro de solicitudes
cuenta con una cabina fotográfica que cumple estos requisitos y garantiza exactitud en el proceso.
Plazo de resolución: Una vez que la solicitud es aceptada como
completa, el plazo legal para llegar a una resolución es de 1 mes a partir del día
después de que la solicitud fue registrada en el sistema de visas (no desde la fecha
de recepción de la solicitud en la oficina de BLS), pero este plazo puede extenderse
si se solicita una entrevista o documentos adicionales.
Denegación de visado o permiso de estancia para estudios. La
denegación del visado o la autorización de estancia para estudios se comunicará
siempre por correo, indicando los motivos en los que se basó la decisión.
Recursos. En caso de denegación de una autorización de estancia para
estudios o visado, el solicitante podrá presentar un recurso en español ante el
organismo que ha denegado la solicitud en el plazo de 1 mes a partir del día
siguiente a la fecha de recepción de la notificación de denegación. También podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de
Justicia de Madrid en el plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente a la
fecha en que el solicitante reciba la notificación de la denegación de visado o la
desestimación del recurso de reposición.
Una vez recogido el visado, el solicitante deberá entrar en territorio español
durante el periodo de validez del visado. Al ingresar a los Estados Schengen debe
recibir el sello de entrada en el pasaporte. Dentro de los primeros treinta días, el
solicitante debe solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero o TIE ("Tarjeta de
Identidad de Extranjero") en la Oficina Nacional de Extranjeros en la estación de
policía de la ciudad en la que se alojará. Si la duración de la actividad no supera
los 180 días, el visado será suficiente para acreditar la estancia y no debe
solicitar la TIE.