Se entiende por colocación “Au Pair” la realización de un trabajo en una familia para
compensar la estancia y manutención con ellos, mejorando al mismo tiempo los
conocimientos lingüísticos o profesionales. Su naturaleza jurídica es la de estancia
por estudios.
Se considerará “Au Pair” cuando no exista naturaleza laboral sino una
relación de colaboración y convivencia familiar que se caracterice por lo
siguiente:
- La persona colocada “au pair” tiene la dirección de la familia con la que vive y
para la cual se prestan servicios o tareas domésticas.
- Que tenga por objeto la prestación de servicios o tareas domésticas siempre que
alguno o todos estos servicios o tareas tengan carácter marginal
- Ausencia de remuneración: la persona que presta los servicios de “au pair” no
recibe a cambio remuneración sino alimentación, alojamiento o simple
compensación de gastos.
El solicitante debe tener entre 17 y 30 años de edad.
Los ciudadanos estadounidenses (o de cualquier otra nacionalidad que no requiere
visado para entrar en España) que se desplacen a estudiar menos de 90 días
no necesitan solicitar este visado.
El Consulado general de España en Los Angeles tiene jurisdicción sobre los siguientes
estados: California (counties: Imperial, Kern, Los Angeles, Orange, Riverside,
Bernardino, San Diego, San Luis Obispo, Barbara y Ventura), Arizona, Colorado or
Utah (IDENTIFICACION ESTATAL REQUERIDA).
Las solicitudes de visado deben presentarse con suficiente antelación al inicio de
los programas de estudio correspondientes, ya que el procedimiento implica consultas
con otras autoridades. No se admiten solicitudes incompletas.
A partir del 06 de noviembre de 2023, todas las solicitudes de visados de estudios se
tramitan en la oficina de BLS – Spain Visa Aplication Center, Los Angeles.
Formas de presentación de documentos:
Todas las solicitudes de visados de estudios (estudiantes y familiares, auxiliares de
conversación, au pair, voluntariado, etc.), se presentan de FORMA PRESENCIAL en BLS
Visa Service for Spain.
BLS - Spain Visa Application Center, Los Angeles
Departamento de visados nacionales
6380 Wilshire Blvd, Suite #1100, Los Angeles, CA 90048, USA
La presentación se podrá realizar por el/la interesado/a o a través de un
representante debidamente acreditado, para lo que puede utilizarse el modelo
notariado. Ver sección Descargar Formularios.
La recogida del visado, sea cual sea la forma de presentación, siempre se realizará
PERSONALMENTE por el estudiante/auxiliar de conversación/voluntario/au pair, etc.,
en la oficina de BLS Visa Service for Spain.
Se solicitará cita previa en la siguiente página web: https://usa.blsspainvisa.com/losangeles/index.php
(Visados Nacionales)
Telefono: +1 516-888-1169
Correo electronico: info.laxes@blsinternational.net
La tarifa de visa revisada y el cargo por servicio de BLS son los siguientes:
Tarifa de visa dependiendo de la
ciudadanía |
Monto en USD |
Con carácter general |
$99 |
Nacionales de EE.UU. |
$160 |
Nacionales de Canadá |
$92 |
Nacionales de Australia |
$420 |
Familiares > 18 años |
$311 |
Familiares < 18 años |
$102 |
Nacionales de Reino Unido |
$214 |
Nacionales de Bangladesh |
$99 |
Nacionales de Mauritania |
$255 |
TASAS OFICINA BLS |
Monto en USD |
Tasa visado |
$18 |
Tarifa de SMS |
$5 |
- La tarifa puede variar sin previo aviso.
- La tarifa no es reembolsable.
Deberá presentar los siguientes documentos (Los documentos del 1 al 8 son
imprescindibles para iniciar el trámite):
- Formulario de Solicitud de Visado Nacional, completo y firmado.
Puede descargarlo de la sección Descargar formularios
No olvide indicar el correo electrónico en el apartado #17.
- Fotografía reciente a color (tamaño pasaporte estadounidense
2”x2”) con fondo claro y uniforme, preferiblemente blanco. No se aceptarán
fotografías con fondo oscuro o con objetos o personas que se puedan ver detrás
de la cabeza. No pegue la foto al formulario, simplemente envíelas sueltas. No
recorte la fotografía para ajustarla al formulario.
- Tasa consular. Ver apartado TASAS
- Pasaporte o documento de viaje reconocido como válido con una
duración de al menos el tiempo de estancia solicitado y debe contener al menos
dos páginas libres en la sección de visas y una copia de la página donde
aparecen sus datos y fotos. En caso de no poder presentar el original en el
momento de la solicitud, puede enviar una copia notarizada y enviar el pasaporte
tan pronto como sea posible.
- Licencia de conducir y/o Carnet de Estudiante que acredite su
residencia legal en nuestra jurisdicción. En caso de no disponer de uno, debe
acreditar su residencia aportando varios de siguientes documentos como contrato
de alquiler, facturas de luz, teléfono, declaración de impuestos, seguros de
vehículos, etc… (Copia notarizada en el caso de la licencia de conducir
o carnet de estudiante)
- Estado migratorio en EE. UU. (no aplicable para ciudadanos
estadounidenses): tarjeta verde, visado de estudiante válido de EE. UU., permiso
de trabajo (sello en el pasaporte), “parole” (Copia notarizada)
- Certificado de admisión en español en un centro de enseñanza
autorizado en España, para la realización de un programa de tiempo
completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de
estudios. El certificado debe detallar: nombre del programa de estudios,
duración (fechas de inicio y fin de estudios), dirección, teléfono, nombre de la
persona encargada del programa.
- Acuerdo de colocación “Au Pair”. Escrito concertado entre las
partes en el que consten los derechos y obligaciones de la persona “au pair” y
de la familia de acogida en el que conste:
- duración del acuerdo de colocación, con un máximo de un año
- participación en los servicios o tareas domésticas, no superior a 5
horas diarias
- disposición, como mínimo, de un día libre completo a la semana. Al menos
uno de los días libres de cada mes deberá ser un domingo, y se le darán
las mayores facilidades para participar en actos religiosos.
- especificación del domicilio en el que la persona colocada “au pair”
habrá de compartir la vida de la familia de acogida, disfrutando al
mismo tiempo de un cierto grado de independencia.
- cantidad determinada que la persona colocada “au pair” recibirá
mensualmente en concepto de dinero de bolsillo.
- circunstancias y faltas por una parte y la otra que permiten que el
acuerdo de colocación pueda ser denunciado con un preaviso de dos
semanas.
Cuando la duración de la estancia supere los seis meses, se requerirá
además Certificado Médico y Certificado de antecedentes penales No
aplicable para estudiantes menores de 18 años.
- Certificado médico con membrete, firma, número de licencia y
sello del médico, junto con traducción jurada del mismo al español que indique:
"Este certificado médico acredita que el Sr. /Sra. (...) No padece ninguna
de las enfermedades que puedan tener repercusiones de salud pública graves
de conformidad con lo dispuesto en el reglamento sanitario internacional de
2005".
Si utiliza el modelo bilingüe proporcionado por el consulado (consulte la
sección “Descargar formularios”, no es necesaria la traducción.
Este certificado es válido por 3 meses.
- Certificado de antecedentes penales con fecha no mayor a 6
meses antes de la fecha de solicitud, en el que conste que el solicitante no
tiene antecedentes penales en los países donde ha residido durante los últimos
cinco años.
Debe solicitar una certificación de antecedentes verificada por comparación de
huellas dactilares. La certificación de antecedentes penales debe ser emitida
por el Departamento de Justicia de los EE. UU. - Oficina Federal de
Investigaciones (FBI)
La certificación de antecedentes debe emitirse dentro de los 6 meses anteriores
a la presentación de la solicitud de visado. No son válidos los certificados
penales estatales ni de la policía local
Los antecedentes penales deben estar legalizados con la certificación de
Apostilla de La
Haya y traducidos al español por un traductor jurado. (La traducción no necesita
Apostilla y la Apostilla no necesita traducción)
INFORMACIÓN VERIFICACIÓN DE ANTECEDENTES DEL FBI DEPARTAMENTO DE ESTADO
https://www.fbi.gov/services/cjis/identity HYPERLINK
"https://www.fbi.gov/services/cjis/identity-history-summary-checks"- HYPERLINK
"https://www.fbi.gov/services/cjis/identity-history-summary-checks"history
HYPERLINK "https://www.fbi.gov/services/cjis/identity-history-summary-checks"-
HYPERLINK
"https://www.fbi.gov/services/cjis/identity-history-summary-checks"summary
HYPERLINK "https://www.fbi.gov/services/cjis/identity-history-summary-checks"-
HYPERLINK
"https://www.fbi.gov/services/cjis/identity-history-summary-checks"checks
HYPERLINK "https://www.fbi.gov/services/cjis/identity-history-summary-checks"
Traducciones: ASOCIACIÓN AMERICANA DE TRADUCTORES: https://www.atanet.org/
HYPERLINK "https://www.atanet.org/"
INFO DEPARTAMENTO DE ESTADO APOSTILLA
https://travel.state.gov/content/travel/en/records HYPERLINK
"https://travel.state.gov/content/travel/en/records-and-authentications/authenticate-your-document/apostille-requirements.html"-
HYPERLINK
"https://travel.state.gov/content/travel/en/records-and-authentications/authenticate-your-document/apostille-requirements.html"and
HYPERLINK
"https://travel.state.gov/content/travel/en/records-and-authentications/authenticate-your-document/apostille-requirements.html"-
HYPERLINK
"https://travel.state.gov/content/travel/en/records-and-authentications/authenticate-your-document/apostille-requirements.html"authentications/authenticate
HYPERLINK
"https://travel.state.gov/content/travel/en/records-and-authentications/authenticate-your-document/apostille-requirements.html"your
HYPERLINK
"https://travel.state.gov/content/travel/en/records-and-authentications/authenticate-your-document/apostille-requirements.html"-
HYPERLINK
"https://travel.state.gov/content/travel/en/records-and-authentications/authenticate-your-document/apostille-requirements.html"document/apostille
HYPERLINK
"https://travel.state.gov/content/travel/en/records-and-authentications/authenticate-your-document/apostille-requirements.html"-
HYPERLINK
"https://travel.state.gov/content/travel/en/records-and-authentications/authenticate-your-document/apostille-requirements.html"requirements.html
HYPERLINK
"https://travel.state.gov/content/travel/en/records-and-authentications/authenticate-your-document/apostille-requirements.html"
Si el solicitante ha permanecido seis meses o más durante los últimos cinco años
en otro país, deberá presentar los antecedentes penales de ese país, legalizado
con la Certificación de Apostilla y traducido al español. Si el país no es parte
de la Convención de La Haya, el documento debe ser legalizado por el Ministerio
de Asuntos Exteriores y luego por el Consulado de España en ese país. La
legalización debe hacerse siempre sobre el original del documento por el
país/estado emisor del mismo.
Subsanación de la solicitud: La Oficina Consular podrá
solicitar al solicitante la presentación de los documentos faltantes, o la
aportación de documentos o datos adicionales que sean necesarios para la
resolución de la solicitud. El solicitante también puede ser llamado para una
entrevista personal.
VISADO DE ESTUDIOS PARA MENORES DE 18 AÑOS
Al tratarse de menores de edad y no viajar acompañado de sus padres, la solicitud
deberá ser presentada por sus padres o tutores legales debidamente acreditados
Además de los documentos detallados más arriba (requisitos del 1 al 11), deberá
presentar los siguientes:
- Certificado de nacimiento original del menor, legalizado
con la Apostilla de la Haya y traducido al español. En
aquellos países que no sean parte del Convenio de la Haya deben estar
legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores y luego por el
Consulado español en dicho país.
- Copias legalizadas de los documentos de identidad o
pasaportes de los padres o tutores.
- Autorización notarial de ambos padres o tutores para el
desplazamiento a España e identificando a la persona que se hará cargo del
menor en España, a efectos de realizar la actividad de que se trate, con
constancia del centro, organización, entidad y organismo responsable de la
actividad y el periodo de estancia previsto. En dicha autorización deberán
constar expresamente los datos de las personas que se harán cargo del menor
una vez que se encuentre en España, con expresión de sus nombres, apellidos,
números de DNI o NIE y domicilio. Si el documento está en otro idioma deberá
estar traducido al español.
En el caso de hijos menores de padres divorciados, deberán presentar también
la sentencia final de divorcio y sentencia del Juez conteniendo las
disposiciones sobre la custodia del menor otorgando la custodia al
progenitor que está tramitando la solicitud del visado, legalizada o
apostillada y traducida oficialmente al español en el caso de que esté
redactada en idioma distinto del español o inglés.
Declaración notarizada de la persona o personas haciéndose cargo del
menor en España, con copia de los DNI o NIE y certificado de Naturaleza
Sexual expedido por el Registro de Delincuentes Sexuales del Ministerio
de Justicia (https://sede.mjusticia.gob.es/es/tramites/certificado-registro-central)
o autorización expresa para que la Administración obtenga dicha
certificación
(https://www.mjusticia.gob.es/es/Ciudadano/TramitesGestiones/Documents/1292428513701-Modelo_de_autorizacion.PDF)
Nota: lamentamos no poder aceptar fotografías que no cumplan con estos requisitos
Proporcione una fotografía de sí mismo reciente (de no más de 6 meses de antigüedad), que no haya sido utilizada
previamente en el pasaporte. La fotografía debe ser en color y:
- Ha de estar tomada de manera que se distingan los rasgos faciales y la cara contraste con el fondo.
- Ha de ser clara y mostrar la cara enfocada.
- Ha de estar impresa en papel de calidad fotográfica normal.
- Ha de verse completamente la cara, sin sonreír, (sin gafas de sol, sombreros/gorras o cualquier atuendo que la
cubra salvo que el solicitante lleve estos por razones religiosas o étnicas)
- Ha de estar adherida a la solicitud.
Advertencia: Por favor siga estas instrucciones cuidadosamente. Las fotografías presentadas deben coincidir con la
fotografía biométrica, de no tener similitud su aplicación será considerada incompleta. El centro de solicitudes
cuenta con una cabina fotográfica que cumple estos requisitos y garantiza exactitud en el proceso.
La recogida del visado, sea cual sea la forma de presentación, siempre se realizará
PERSONALMENTE por el estudiante/auxiliar de
conversación/voluntario/au pair, etc., en la oficina de BLS Visa Service for Spain.
El Consulado General de España, a través de BLS– Spain Visa Aplication Center, Los
Angeles, notificará la resolución de la aplicación. El pasaporte deberá ser recogido
por el solicitante personalmente en las oficinas de BLS – Spain Visa Aplication
Center, Los Angeles, de lunes a viernes entre las 3:00 y las 4:00 PM, en el plazo
máximo de dos meses. De no efectuarse en el plazo mencionado la recogida, se
entenderá que el interesado ha renunciado al visado concedido, y se producirá el
archivo del procedimiento.
Recogido el visado, el solicitante deberá entrar en el territorio español durante el
plazo de vigencia. En el plazo de un mes desde la entrada (para estancias superiores
a 180 días), el extranjero deberá solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de
Extranjero, en la Comisaría de Policía, sección de Extranjería y
Documentación más cercana a su domicilio. En el caso de menores, este
trámite podrá ser realizado por un representante.
Si la duración de los estudios no es superior a seis meses, el visado será suficiente
para documentar la estancia.
El plazo de tramitación de este tipo de visado puede tardar aproximadamente 2
a 6 semanas. Se recomienda que no se compren los pasajes aéreos hasta
la concesión del visado.
El Consulado General de España en Los Angeles tiene plena autoridad para evaluar y
solicitar documentos adicionales de los presentados inicialmente por el solicitante.