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NALCAP - Programa de Asistente de Lengua y Cultura de América del Norte

URGENT NOTICE FOR NALCAP/STUDENT VISA APPLICANTS

Applicants for students visas are hereby notified that, according to ROYAL DECREE 1155/2024 of November 19, which the Regulations of Organic Law 4/2000 of January 11, on the rights and freedoms of foreigners in Spain and their social integration, specifically Article 36, student visa applications must be submitted at least 2 months before start date of academic activity or studies.

If a student submits their visa application less than the legally required two months in advance, they should be aware that it may be denied or that they may only be able to obtain the visa once their studies have begun.

Therefore, all student visa applicants must submit a disclaimer form, expressly acknowledging that the application after the aforementioned deadline may result in the inability to begin their studies on time or in the denial of their visa.

Visado para estancias superiores a 90 días para participar en el programa Auxiliar de Lengua y Cultura de América del Norte 2023-2024 patrocinado por el Ministerio de Educación de España, para ciudadanos norteamericanos y canadienses.

Familiares que pueden obtener visa para acompañar al estudiante:

  • Conyugé o pareja de hecho legalmente reconocida
  • Niños menores de 18 años o niños con discapacidad.

Los familiares no podrán trabajar durante su estancia en España.

Las estancias de estudios inferiores a 90 días NO requieren visa de estudios.

Los solicitantes pueden presentar su solicitud en la OFICINA de BLS HOUSTON si son residentes permanentes o asisten a cualquier universidad/colegio de Texas, Luisiana, Nuevo México, Oklahoma, Alabama, Tennessee, Mississippi y Arkansas.

Las solicitudes de visa deben presentarse con mucha antelación al inicio de los programas de estudio correspondientes, ya que el procedimiento implica consultas con otras autoridades. No se aceptan solicitudes incompletas.

Formas de presentación de documentos:

Todas las solicitudes de visas de estudio (estudiantes y familiares, asistentes de conversación, au pairs, voluntarios, etc.) deben presentarse personalmente o por correo postal en el Centro de Solicitud de Visas BLS para España.

BLS - Centro de Solicitud de Visas de España, Houston
Departamento de visas nacionales 2500 West Loop South, suite 350 Houston Texas 77027.

La presentación podrá realizarse por el solicitante o por medio de representante debidamente acreditado, para lo cual podrá utilizarse el modelo notarial. Consulte la sección Descargar formularios.

La recogida de la visa, independientemente de la forma de presentación, puede realizarse personalmente o para su comodidad podemos enviarle sus documentos por correo mediante nuestro servicio de mensajería el cual tiene un cargo adicional que se paga al momento de la solicitud. (consulta el apartado de tarifas)

La tarifa de visa revisada y el cargo por servicio de BLS son los siguientes:

Tarifa de visa dependiendo de la ciudadanía Monto en USD
All other nationals 106
United States of America 160
Australia 472
United Kingdom > longer than 180 days 462
United Kingdom < shorter than 180 days 106
Mauritania 282
Ethiopia > longer than 180 days 548
Ethiopia < shorter than 180 days 106
TARIFAS DE SERVICIO BLS Monto en USD
Tarifas de visa 20
Tarifa de SMS 5
  • La tarifa de Visa está sujeta a cambios sin previo aviso.
  • La tarifa no es reembolsable.

Seguro para visas de larga duración

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Descargo de responsabilidad:- Al hacer clic en este enlace, será redirigido al sitio web de terceros, sus datos personales serán tratados de acuerdo con su política de privacidad. Tenga en cuenta que BLS no recopila ni procesa ninguna información que usted proporcione en su sitio y no se hace responsable de ninguna disputa.

IMPORTANT INFORMATION FOR ALL NALCAP/STUDENT VISA APPLICANTS:
(NALCAP) Student visa applications must be submitted TWO MONTHS ( 2 months) in advance of the start date of studies (please refer to your acceptance letter to verify dates)

Before Medical certificate requirements under "Documents required" for NALCAP, please include the following requirement as is:

Proof of Health insurance. From an insurance company recognized and authorized to operate in Spain. The insurance must include all risks covered by the National Health System in Spain, and for the entire intended period of stay in Spain. The Health Insurance must not have any deductible, copayment or coverage limit; it must cover 100% of the medical, hospital and out-of-hospital expenses. Insurance cards will not be accepted as proof of coverage. Travel insurance will not be accepted.
The health insurance must be valid for one month (1 month) before the start date of the studies and for fifteen days (15 days) after completion.
Those who choose not to extend their health insurance
INSURANCE WAIVER FORM (for tech support: insert hyperlink and remove this line after)
must complete and sign the following form (please see attached document named insurance form and insert hyperlink to direct applicant to form). The student visa authorization will be processed for the exact days of the student programs.

DISCLAIMER FORM:
STUDENT VISA APPLICATIONS MUST BE SUBMITTED AT LEAST TWO MONTHS BEFORE THE START OF STUDIES (ROYAL DECREE 1155/2024, ARTICLE 36).

YOU MUST DATE AND SIGN THIS DISCLAIMER FORM Disclaimer Form and submit it along with the other required visa documents.

Comprobante de seguro médico. Expedido por una compañía aseguradora reconocida y autorizada para operar en España. El seguro debe cubrir todos los riesgos cubiertos por el Sistema Nacional de Salud español durante toda la estancia prevista en España. El seguro médico no debe tener franquicia, copago ni límite de cobertura; debe cubrir el 100 % de los gastos médicos, hospitalarios y extrahospitalarios. No se aceptarán tarjetas de seguro como comprobante de cobertura. No se aceptarán seguros de viaje.

Formulario de solicitud de visa nacional (No olvides indicar tu correo electrónico en el apartado #17).

  • Fotografía. Una fotografía reciente a color (tamaño pasaporte estadounidense), con fondo claro y uniforme, preferiblemente blanco. No se aceptarán fotografías con fondo oscuro o con objetos o personas que se vean por detrás de la cabeza y que no sean papel fotográfico. No grape ni utilice nada más que pegamento para fijar la foto al formulario.
  • Pasaporte o documento de viaje reconocido como válido con una duración de al menos el tiempo de estadía solicitada y debe contener al menos dos páginas libres en la sección de visa (copia de la página donde aparecen sus datos y fotografías). No se aceptarán pasaportes expedidos hace más de 10 años.
  • Carta de Aceptación de las Comunidades Autónomas ("Nombramiento"). Esta carta debe proporcionar información sobre la escuela a la que ha sido asignado el solicitante (dirección, teléfono, correo electrónico de contacto). También debe contener información sobre la beca, la duración del programa y la póliza de seguro. El Consulado de España SÓLO aceptará firmas originales o cartas firmadas electrónicamente.

Rellena los números 21 (fecha de entrada) y 28 (información completa relacionada con el colegio en España) en el formulario de solicitud.

  • Certificado de antecedentes penales (si la estancia es superior a 180 días) que acredite que el solicitante no tiene antecedentes penales en el lugar donde ha residido durante los últimos cinco años. No aplica para estudiantes menores de 18 años.
  • Debe solicitar una verificación de antecedentes verificada mediante comparación de huellas dactilares. La verificación de antecedentes penales debe ser emitida por el Departamento de Justicia de EE. UU. - Oficina Federal de Investigaciones (FBI). No se aceptarán verificaciones de antecedentes de la Policía Estatal y Local ni de la Policía Estatal.

La verificación de antecedentes debe emitirse dentro de los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud de visa.

El certificado estadounidense debe ser emitido por el FBI y legalizado con la Apostilla de la Convención de La Haya por el Departamento de Estado en Washington DC y traducido al español por un traductor jurado. (La traducción no necesita Apostilla y la Apostilla no necesita traducción).

Si el solicitante ha permanecido seis meses o más durante los últimos cinco años en otro país, deberá presentar antecedentes penales de ese país, legalizados con la Apostilla de La Haya y traducidos al español. Si el país no forma parte del Convenio de La Haya, el documento deberá ser legalizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y posteriormente por el Consulado de España en ese país.

INFORMACIÓN VERIFICACIÓN DE ANTECEDENTES DEL FBI DEPARTAMENTO DE ESTADO https://www.travelvisapro.com/fbi-background-check?client_id=832612178

Traducciones (ASOCIACIÓN AMERICANA DE TRADUCTORES): https://www.travelvisapro.com/translations?client_id=832612178

APOSTILLA DEL DEPARTAMENTO DE ESTADO DE INFORMACIÓN DE EE. UU.

https://www.travelvisapro.com/legalization?client_id=832612178

  • Certificado médico: Declaración médica reciente (con una antigüedad no mayor a 3 meses). Debe estar firmada por un médico o un osteópata, con su firma a tinta, e indicar lo siguiente: «El interesado no padece ninguna enfermedad que pueda tener repercusiones graves para la salud pública, de conformidad con las disposiciones del Reglamento Sanitario Internacional de 2005». Este certificado debe incluir el sello del centro médico emisor, el nombre y la firma del médico, su número de colegiatura y la fecha de expedición. El certificado debe estar en papel membretado del hospital/consultorio médico o directamente en la plantilla proporcionada. Incluya una fotocopia (no notariada) del certificado médico junto con la documentación presentada. Puede encontrar una plantilla en «Descargar formularios».
  • Comprobante de residencia en la demarcación consular. Proporcione una copia (no el original) de la licencia de conducir de EE. UU., identificación estatal o identificación de estudiante.
  • Pago de la tasa de visa
  • Pago de la tarifa de procesamiento BLS
  • El formulario de exención de responsabilidad debe presentarse con la solicitud.

Cuando sea necesario para evaluar la solicitud, la Oficina Consular podrá solicitar documentos o datos adicionales y también podrá solicitar al solicitante que asista a una entrevista personal. Documentos requeridos para los miembros de la familia.

Por cada familiar que acompañe al estudiante se deberá presentar lo siguiente:

Nota: lamentamos no poder aceptar fotografías que no cumplan con estos requisitos

photo-spec

Proporcione una fotografía de sí mismo reciente (de no más de 6 meses de antigüedad), que no haya sido utilizada previamente en el pasaporte. La fotografía debe ser en color y:

  • Ha de estar tomada de manera que se distingan los rasgos faciales y la cara contraste con el fondo.
  • Ha de ser clara y mostrar la cara enfocada.
  • Ha de estar impresa en papel de calidad fotográfica normal.
  • Ha de verse completamente la cara, sin sonreír, (sin gafas de sol, sombreros/gorras o cualquier atuendo que la cubra salvo que el solicitante lleve estos por razones religiosas o étnicas)
  • Ha de estar adherida a la solicitud.

Advertencia: Por favor siga estas instrucciones cuidadosamente. Las fotografías presentadas deben coincidir con la fotografía biométrica, de no tener similitud su aplicación será considerada incompleta. El centro de solicitudes cuenta con una cabina fotográfica que cumple estos requisitos y garantiza exactitud en el proceso.

Plazo de resolución: Una vez aceptada la solicitud como completa, el plazo legal para llegar a una resolución es de 1 mes contado a partir del día siguiente en que se haya registrado la solicitud en el sistema de visados (no desde la fecha de recepción de la solicitud en la oficina de BLS) , pero este plazo puede extenderse si se solicita una entrevista o documentos adicionales.

Denegación del visado o permiso de estancia por estudios. La denegación del visado o de la autorización de estancia por estudios se comunicará siempre por correo, exponiendo los motivos en los que se basó la decisión adoptada.

Recursos. En caso de denegación de una autorización de estancia por estudios o de un visado, el solicitante podrá presentar recurso de reposición en idioma español (por correo con número de seguimiento) ante esta Oficina Consular en el plazo de 1 mes a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la notificación de la denegación. También podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de 2 meses a partir del día siguiente a la fecha en que el solicitante reciba la notificación de la denegación de visado o de la desestimación del recurso de reconsideración.

Una vez recogido el visado, el solicitante deberá entrar en territorio español durante el periodo de validez del visado (no más de tres meses si la duración de la actividad es superior a seis meses).

Al ingreso y dentro de los primeros treinta días, el solicitante deberá solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero o TIE (“Tarjeta de Identidad de Extranjero”) en la Comisaría de Extranjería y Documentación de la ciudad donde se desempeñará como auxiliar de idiomas. La TIE será válida mientras el auxiliar de idiomas forme parte del programa en España. En el caso de menores de edad, este trámite podrá ser realizado por un representante. Además, el visado debe ser sellado al efectuar la entrada en los Estados Schengen.

También puede hacer una cita en línea: https://sede.administracionespublicas.gob.es/pagina/index/directorio/icpplus

La autorización inicial de residencia temporal (TIE) tendrá una duración de un año y su validez comenzará en la fecha de entrada en España.

Si la duración de la actividad no supera los seis meses, el visado será suficiente para acreditar la estancia.

bls-qms