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Solicitar un visado para España
en Washington DC

PAR AU

Puede solicitar un visado "Au Pair" aquellos solicitante que tengan una relación de colaboración, y no de trabajo, con una familia, caracterizada por lo siguiente:

  • El Au Pair debe residir en la misma dirección que la familia.
  • Los servicios o tareas domésticas solo serán complementarios al propósito principal.
  • El Au Pair no recibirá un salario por sus servicios.

El solicitante debe tener entre 17 y 30 años de edad.

Los solicitantes deben hacer una cita en la opción de cita de visa nacional y presentar en persona toda la documentación en :

BLS - SPAIN VISA APPLICATION CENTER, WASHINGTON DC
1660 L St NW, Second Floor, Suite: 216,
Washington, DC 20036

La tarifa de visa revisada y el cargo por servicio de BLS son los siguientes:


Visa dependiendo de la nacionalidad Monto en USD
Ciudadanos de Estados Unidos $160
Ciudadanos de Australia $476
Ciudadanos de Bangladesh $99
Ciudadanos de Ethiopia
Para estadias de hasta 180 dias $88
Para estadias mas largas de 180 dias $510
Ciudadanos de Mauritania $263
Ciudadanos de UK
Para estadias de hasta 180 dias $88
Para estadias mas largas de 180 dias $440
Todas las otras nacionalidades $88
NOTA: Para solicitar la visa, es OBLIGATORIO pagar también las siguientes tarifas de servicios BLS (si no se pagan, su visa no será procesada):
Tarifa adicional Monto en USD
Tarifa del servicio de BLS 18

 

La tarifa puede variar sin previo aviso.
La tarifa no es reembolsable.

  • Formulario de solicitud de visa: Cada solicitante debe completar y firmar una solicitud de visa.
  • 1 fotografía: Pegada o recortada en el formulario de solicitud de visa. Especificaciones de la foto: 2x2 pulgadas (51x51 mm) de tamaño, impresas en papel mate / brillante, tomadas en los últimos 6 meses para reflejar su apariencia actual frente a un fondo blanco, sin sonreír.
  • Pasaporte o documento de viaje: Original y fotocopia de la(s) página(s) del pasaporte que contenga datos biométricos.- Expedido en los últimos 10 años.- Con al menos 2 páginas vacías.- Válido por al menos el período de estancia previsto.
  • Carta de aceptación para el estudio de español : Debe ser emitida en España y dirigida al Consulado correspondiente.- Debe estar escrita en español.- Debe verificar la inscripción a una escuela acreditada.- El curso debe conducir a la emisión de un certificado o título.- La carta de aceptación debe mencionar el nombre y la duración del programa. La duración del programa y la actividad Au Pair deben ser aproximadamente al mismo tiempo.- El estudiante debe estar registrado a tiempo completo y completar con éxito el programa.
  • Prueba de medios económicos: El solicitante debe certificar que él / ella (o padre, representante legal, familiar o tercero que lo respalda) tiene medios económicos suficientes para cubrir los gastos de la estancia del estudiante, La cantidad mínima mensual requerida varía cada año y se calcula de acuerdo con el Indicador de Renta Pública de Efectos Múltiples (IPREM). Para el año 2023, el importe mínimo mensual requerido es del 100% del IPREM mensual = 600€ por mes de estancia. Si se proporciona documentación que demuestre que el alojamiento para toda la duración de la estadía del estudiante se ha pagado por adelantado, esta cantidad se deducirá del requisito mínimo. Lo mismo se aplicará si se proporciona documentación que demuestre que el estudiante recibirá un estipendio durante su estadía.
    Se debe presentar al menos uno de los siguientes documentos:
    • Si el solicitante tiene plena responsabilidad financiera: Tres estados de cuenta bancarios mensuales más recientes, que deben incluir el nombre completo del solicitante y un saldo final que exceda la cantidad mínima mensual requerida por mes de estadía.
    • Si el solicitante está recibiendo ayuda financiera, préstamos, becas u otra ayuda económica que cubra la cantidad mínima mensual requerida: Documentación que acredite la emisión de ayudas económicas, préstamos, becas u otras ayudas económicas. También se debe incluir una traducción oficial / certificada de esta documentación al español.
    • Si el padre, tutor legal, pariente o tercero asume toda la responsabilidad financiera:
      • Carta notarial en la que el padre, tutor legal, pariente o tercero asume una responsabilidad financiera total igual al menos a la cantidad mínima mensual requerida por mes de estadía. Redacción sugerida: "Por la presente certifico que yo, [nombre completo del padre, tutor legal, pariente o tercero que asume la responsabilidad financiera total], asumo la responsabilidad financiera total del boleto de ida y vuelta de [nombre completo del solicitante] a los Estados Unidos, así como los gastos mensuales de alojamiento y comida mientras esté en España, y cualquier gasto adicional, de emergencia o de otro tipo, que pueda surgir durante su estadía".
      • Copia notarizada del documento de identidad o pasaporte del padre, tutor legal, familiar o tercero.
    • Los tres estados de cuenta bancarios mensuales más recientes de los padres, tutores legales, parientes o terceros, que deben incluir el nombre completo de la parte que asume la responsabilidad financiera y un saldo final que exceda el monto mínimo mensual requerido por mes de estadía.
  • Seguro de salud: Certificado acreditativo de un seguro de salud público o privado suscrito con una entidad aseguradora autorizada para operar en España.

    • Debe cubrir todos los riesgos asegurados por el sistema sanitario público español (100% de los gastos médicos, hospitalarios y extrahospitalarios). Debe abarcar todas las actividades de asistencia preventiva, diagnóstica, de tratamiento y rehabilitación que se realicen en los centros de salud o centros sociosanitarios, así como el transporte sanitario urgente.
    • No debe tener períodos de carencia para ciertos beneficios, copagos o deducibles.
    • Debe ser válido durante todo el período de estancia previsto.
    • Si la compañía de seguros tiene su sede en los Estados Unidos, la documentación de respaldo debe indicar expresamente que la compañía ofrece cobertura en el resto del mundo, o al menos en España.
    • No se aceptan tarjetas de seguro ni seguros de viaje.
    • Si el solicitante está participando en un programa de voluntariado, además del seguro de salud, debe proporcionar un original o copia notariada de la póliza de seguro de responsabilidad civil suscrita por la organización.
  • Prueba de residencia en el distrito consular: El solicitante debe ser residente legal en la jurisdicción del Consulado. La residencia debe demostrarse presentando una copia de: Licencia de conducir de los Estados Unidos o identificación estatal.
  • Contrato Au Pair: Original y copia notarizada del contrato firmado por la familia y el Au Pair, o declaración notarizada de la familia anfitriona que indique las siguientes condiciones:
    • Duración del contrato de prácticas, con un máximo de 1 año.
    • Participación en servicios o quehaceres, que no deben exceder las 5 horas/día.
    • Provisión de un día libre completo por semana: Al menos uno de los días libres cada mes será un domingo y el Au Pair debe tener la facilidad de participar en actividades religiosas.
    • Dirección que el Au Pair compartirá con la familia anfitriona, así como el compromiso de disfrutar de un cierto grado de independencia.
    • Compromiso de la familia anfitriona de permitir que el Au Pair tenga tiempo suficiente para asistir a cursos de idiomas y mejorar sus conocimientos culturales y profesionales.
    • Concepto de "dinero de bolsillo" cantidad que el Au Pair recibirá mensualmente.
    • El acuerdo debe permitir a ambas partes rescindir el contrato con un preaviso de dos semanas.
  • No se requiere verificación de antecedentes o examen médico para los solicitantes que permanecen en España durante 90-180 días.
  • Para estancias de más de 180 días Verificación de antecedentes penales:
    Los solicitantes mayores de edad deben presentar una copia original o notarizada de su verificación de antecedentes penales emitida por el país / países de residencia en los últimos 5 años que indique que el solicitante no tiene antecedentes penales.
    • No aplica para estudiantes menores de 18 años.
    • La verificación de antecedentes penales debe ser emitida por el Departamento de Justicia de los Estados Unidos – Oficina Federal de Investigaciones (FBI). No aceptamos verificaciones de antecedentes de la policía estatal o local.
    • La verificación de antecedentes penales debe emitirse dentro de los 6 meses anteriores a la presentación de la solicitud de visa.
    • La verificación de antecedentes penales debe ser legalizada con la Apostilla de La Haya. La apostilla debe certificar la firma en la verificación de antecedentes penales, no otras firmas (por ejemplo, no aceptamos apostillas que certifiquen la firma de un notario que estampa un sello en la verificación de antecedentes penales).
    • La verificación de antecedentes penales debe ir acompañada de una traducción oficial o certificada al español de la verificación de antecedentes penales. La traducción oficial puede incluir la traducción de la Apostilla también, pero no es necesaria (La traducción no necesita una Apostilla y la Apostilla no necesita una traducción).
    • Incluya una fotocopia (no notarizada) de la verificación de antecedentes, apostilla y traducción (s) oficial (s) con sus documentos enviados.
    • Bajo ninguna circunstancia se aceptará una verificación de antecedentes penales si ha sido alterada o dañada de alguna manera, incluidos los daños causados por la eliminación de grapas.
    • Si el solicitante ha vivido seis meses o más en otro país (fuera de los Estados Unidos) durante los últimos cinco años: se debe proporcionar original o notarizada de una verificación de antecedentes penales de cada país de residencia. Estas verificaciones de antecedentes también deben legalizarse con la Apostilla de La Haya e incluir una traducción oficial o certificada al español. Si el país o países en los que el solicitante ha vivido en los últimos 5 años no está sujeto a la Convención de La Haya de 1961, la verificación de antecedentes debe ser legalizada por el Ministerio de Asuntos Exteriores del país emisor y luego por el Consulado de España en dicho país.
  • Certificado médico: Certificado médico que demuestre que el solicitante no sufre de drogadicción, problemas de salud mental o cualquier enfermedad que pueda tener repercusiones graves para la salud pública de acuerdo con el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
    • Este certificado debe emitirse dentro de los 3 meses anteriores a la presentación de la solicitud de visa.
    • Este certificado debe incluir un sello del Centro Médico emisor, el nombre y la firma del médico, el número de licencia del médico y la fecha de expedición.
    • El certificado debe estar escrito en papel con membrete del hospital / consultorio médico o directamente en la plantilla proporcionada.
    • Por favor, incluya una fotocopia (no notarizada) del certificado médico con los documentos presentados.
    • El certificado médico debe ir acompañado de una traducción oficial o certificada al español. En el caso de utilizar el modelo de nuestra web, no es necesaria la traducción al español. Puede encontrar la plantilla en el apartado "Descargar formularios".

VISADO AU PAIR PARA MENORES (MENORES DE 18 AÑOS):

  • Documentos requeridos para los solicitantes (se aplican las mismas condiciones, ver arriba):
    • Formulario de solicitud de visa: Un padre o representante legal debe firmar la solicitud una vez completada.
    • 1 fotografía.
    • Pasaporte o documento de viaje.
    • Carta de aceptación para el estudio del español.
    • Prueba de medios financieros.
    • Seguro de enfermedad.
    • Prueba de residencia en el distrito consular.
    • Contrato Au Pair.
    • Certificado Médico: Sólo para estancias superiores a 180 días.
    • Pago de la tasa de visado.
  • Documentos requeridos exclusivamente para estudiantes menores de edad (menores de 18 años):
    • Período de tiempo que el menor está autorizado a viajar al extranjero.
    • Datos de contacto de las personas a cargo del menor en España: Nombre y apellidos.
      DNI (Documento Nacional de Identidad) o NIE (Número de Identificación de Extranjeros).
      Número de teléfono. Esta autorización debe estar legalizada con la Apostilla de La Haya e incluir una traducción oficial / certificada al español.
  • Copia notarizada de los pasaportes de los padres o tutores.
  • Original o copia notarizada del certificado de nacimiento del menor emitido en los últimos 12 meses. Debe estar autenticado con la Apostilla de La Haya.
  • Carta responsable: Carta de autorización del responsable del menor durante su estancia en España. El tutor debe acompañar esta carta con:
  • Copia notarizada de su pasaporte o documento nacional de identidad.
  • Certificado de registro de conducta sexual inapropiada del Ministerio de Justicia.
  • Para estancias de 180 días o más • - Certificado médico.

Procedimiento

Quién puede solicitar una visa: Las solicitudes deben presentarse en persona.

Lugar de presentación: Los solicitantes deben hacer una cita en la opción de cita de visa nacional y presentar en persona toda la documentación en:
BLS - SPAIN VISA APPLICATION CENTER, WASHINGTON DC
1660 L St NW, Second Floor, Suite: 216,
Washington, DC 20036

Período de solicitud de visa: Las solicitudes de visa se pueden presentar desde 6 meses antes del inicio de los programas de estudios, ya que el procedimiento implica consultas con otras autoridades.

Período de decisión: El período legal para llegar a una decisión es de 1 mes a partir del día siguiente a la fecha de presentación de la solicitud, pero este período puede extenderse si se solicita una entrevista o documentos adicionales.

Recolección de visas: Los pasaportes con visa emitida y otros documentos originales presentados estarán disponibles para su recogida en persona por el solicitante o un representante legal debidamente acreditado en la oficina correspondiente de BLS International Services Ltd.
Los pasaportes se pueden recoger en persona.

Denegación de visado: Las denegaciones del visado o permiso de estancia de estudios siempre se notificarán por escrito, exponiendo los motivos en los que se basó la decisión adoptada.

Recursos: Si se rechaza un permiso de estancia de estudios o visa, el solicitante puede presentar un recurso de reposición ante esta Oficina Consular dentro de 1 mes a partir del día siguiente a la fecha en que se reciba la notificación de la denegación. También podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de 2 meses a partir del día siguiente a la fecha en que el solicitante reciba la notificación de la denegación de visado o de la desestimación del recurso de reconsideración.

Periodo de validez del visado: Si la estancia de estudios no supera los 180 días, el visado será válido para toda la estancia y no será necesario obtener una Tarjeta de Identidad de Extranjero. Si la estancia es superior a 180 días, el visado será válido para una estancia de 90 días. En este caso el estudiante deberá solicitar una Tarjeta de Identidad de Extranjería (T.I.E), en el plazo de 1 mes desde su entrada en España, en una Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía. Esta Tarjeta de Identidad Extranjera (T.I.E), tendrá validez durante todo el período del programa.

Nota: Lamentamos no poder aceptar fotografías que no cumplan con estos requisitos.

Proporcione una fotografía reciente (no más de 6 meses de antigüedad) de usted, que no debería haber sido utilizada anteriormente en el pasaporte. La fotografía debe ser en color y:

  • Debe ser tomada sobre un fondo blanco para que las características sean distinguibles y contrasten contra el fondo.
  • Ha de estar tomada de manera que se distingan los rasgos faciales.
  • Ha de estar impresa en papel fotográfico normal (impresión de cámara).
  • Ha de verse la cara completa, sin sonreír [sin gafas de sol, sombrero / gorra u cualquier otro atuendo que cubra la cabeza, a menos que el solicitante lleve estos debido a su creencia religiosa u origen étnico]
  • Por favor, pegue la fotografía en el formulario de solicitud de visa.

Nota: Por favor, siga estas instrucciones cuidadosamente. Si las fotografías presentadas no cumplen con estos requisitos, su solicitud se considerará incompleta. El centro de solicitudes cuenta con una cabina fotográfica que cumple estos requisitos y garantiza exactitud en el proceso.

Plazo de resolución: Una vez que la solicitud es aceptada como completa, el plazo legal para llegar a una resolución es de 1 mes a partir del día después de que la solicitud fue registrada en el sistema de visas (no desde la fecha de recepción de la solicitud en la oficina de BLS), pero este plazo puede extenderse si se solicita una entrevista o documentos adicionales.

Denegación de visado o permiso de estancia para estudios. La denegación del visado o la autorización de estancia para estudios se comunicará siempre por correo, indicando los motivos en los que se basó la decisión.

Recursos. En caso de denegación de una autorización de estancia para estudios o visado, el solicitante podrá presentar un recurso en español ante el organismo que ha denegado la solicitud en el plazo de 1 mes a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la notificación de denegación. También podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente a la fecha en que el solicitante reciba la notificación de la denegación de visado o la desestimación del recurso de reposición.

Una vez recogido el visado, el solicitante deberá entrar en territorio español durante el periodo de validez del visado. Al ingresar a los Estados Schengen debe recibir el sello de entrada en el pasaporte. Dentro de los primeros treinta días, el solicitante debe solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero o TIE ("Tarjeta de Identidad de Extranjero") en la Oficina Nacional de Extranjeros en la estación de policía de la ciudad en la que se alojará. Si la duración de la actividad no supera los 180 días, el visado será suficiente para acreditar la estancia y no debe solicitar la TIE.