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Visas de Estudiante

IMPORTANT NOTICE

In accordance to the Law RD 1155/2024, the New Immigration Regulation comes into effect on May 20th, 2025 introducing significant changes to current visa procedures. This may require additional documentation that is not listed on the current website and will be updated as soon as possible.

The changes in the new regulations for ​General Student visa are as follows:

  • Applications must be submitted at least two months in advance of the start date of studies.
  • The passport must be valid for at least one year. For all National visas too.
  • Applicants must provide proof of having paid the registration and enrollment fees by the school/University/Educational institution in Spain.
  • Health insurance must be valid from at least one month before the start of studies until 15 days after the end of the studies, or for one year if the duration of the studies is longer than one year.
  • The student visa will be processed by adding one month prior to the start date of the studies and 15 days after completion. For example:
    • For an acceptance letter - from October 1, 2025 to July 1, 2026
    • The visa must be processed - from September 1, 2025 to July 16, 2026
  • Medical certificate ( Bilingual ) – Templates can be avail under Download forms.

The total duration registered will determine whether is considered a SSU or SLU. Family members: Only applications from family members of bachelor or master degree students are accepted. . Furthermore, they cannot submit their application simultaneously with the principal; they must wait until the principal’s autorization has been granted beforehand. (NALCAP family members will not be allowed to apply )

Deben solicitar este tipo de visado los extranjeros que deseen:

  • Realizar o ampliar estudios en un centro de enseñanza autorizado en España, en un programa de tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.
  • Participar en un programa de movilidad de alumnos, para seguir un programa de enseñanza secundaria y/o bachillerato en un centro docente o científico oficialmente reconocido.
  • Realizar actividades de investigación o formación.
  • Realizar prácticas no laborales en un organismo o entidad pública o privada.
  • Prestar servicio de voluntariado dentro de un programa que persiga objetivos de interés general.

Los ciudadanos estadounidenses (o de cualquier otra nacionalidad que no requiere visado para entrar en España) que se desplacen a estudiar menos de 90 días no necesitan solicitar este visado.

El Consulado general de España en Boston tiene jurisdicción sobre los siguientes estados: Maine, Massachusetts, New Hampshire, Rhode Island y Vermont (ID estatal requerido).

Las solicitudes de visado deben presentarse con suficiente antelación al inicio de los programas de estudio correspondientes, ya que el procedimiento implica consultas con otras autoridades. No se admiten solicitudes incompletas.

Miembros de la familia que pueden obtener un visado para acompañar al estudiante:

  • Cónyuge o pareja de hecho legalmente reconocida.
  • Hijos menores de 18 años o hijos con discapacidad.
    Los familiares no podrán trabajar durante su estancia en España.

Formas de presentación de documentos: Todas las solicitudes de visados de estudios (estudiantes y familiares, auxiliares de conversación, au pair, voluntariado, etc.), se presentan de FORMA PRESENCIAL en BLS Visa Service for Spain in Boston.

BLS - Spain Visa Application Center, Boston.
Address : 15 Court Square Suite 520 Boston, MA. 02108

La presentación se podrá realizar por el/la interesado/a o a través de un representante debidamente acreditado, para lo que puede utilizarse el modelo notariado. Ver sección Descargar Formularios.

La recogida del visado siempre se realizará PERSONALMENTE por el estudiante/auxiliar de conversación/voluntario/au pair, etc., en la oficina de BLS Visa Service for Spain in Boston.

Se solicitará cita previa en la siguiente página web: https://usa.blsspainvisa.com/boston/index.php (Visados Nacionales)

Phone : +1 516-888-1169
Email : info.boses@blsinternational.net

La tarifa de visa revisada y el cargo por servicio de BLS son los siguientes:

Tarifa de visa dependiendo de la ciudadanía Monto en USD
All other nationals 106
United States of America 160
Australia 472
United Kingdom > longer than 180 days 462
United Kingdom < shorter than 180 days 106
Bangladesh 106
Mauritania 282
Ethiopia > longer than 180 days 548
Ethiopia < shorter than 180 days 106
NOTA: Para solicitar la visa, es OBLIGATORIO pagar también las siguientes tarifas de servicios de BLS (si no se pagan, su visa no será procesada):
TARIFAS DE SERVICIO BLS Monto en USD
Tarifas de visa 20
Tarifa de SMS 5
  • La tarifa puede variar sin previo aviso.
  • La tarifa no es reembolsable.

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1. Formulario de Solicitud de Visa Nacional

Cada solicitante debe completar y firmar un formulario de solicitud de visa.

  • Si el solicitante es menor de edad, el formulario debe estar firmado por ambos padres o un representante legal acreditado.
  • Asegúrese de que su fecha de nacimiento esté escrita como DÍA/MES/AÑO (formato en español).
  • No olvide incluir su dirección de correo electrónico y firmar el formulario.

2. Fotografía reciente a color

Presente una fotografía reciente a color, tamaño pasaporte, que cumpla con los siguientes requisitos:

  • Tamaño: 51 x 51 mm (2 x 2 pulgadas)
  • Fotos a color, tomadas en los últimos 6 meses
  • Fondo blanco o blanquecino
  • Expresión neutra (no se permiten sonrisas)
  • Impresa en papel mate o brillante
  • La foto debe ser original (no se aceptarán copias)
  • No grape ni pegue la foto en el formulario de solicitud

3. Pago de la tasa de visa

Consulte la sección "Tasas de visa" del sitio web para obtener información detallada y actualizada sobre el pago.

4. Pasaporte válido

Debe presentar un pasaporte válido y vigente que:

  • Tenga al menos dos páginas en blanco
  • Sea válido durante toda su estancia en España
  • Mantenga su validez durante al menos tres meses después de su salida prevista de España
  • Se emitió hace menos de 10 años
  • Adicionalmente:
    Incluya una copia regular (no notariada) del pasaporte
    No se aceptan pasaportes de emergencia

5. Comprobante de domicilio notariado (Jurisdicción de Boston)

Los solicitantes deben demostrar que residen legalmente o estudian presencialmente en la jurisdicción del Consulado General de España en Boston, que incluye: Massachusetts, New Hampshire, Rhode Island, Maine, and Vermont

Documentos aceptados (deben mostrar el nombre y la dirección del estudiante):

  • Identificación estudiantil y carta de matrícula universitaria
  • Contratos de arrendamiento, facturas de servicios públicos u otros contratos oficiales

Todos los documentos deben estar notariados en la misma página.

Importante: El permiso de conducir o la identificación de Massachusetts no se aceptan como comprobante de residencia.

6. Estatus migratorio en EE. UU.

(No es obligatorio para ciudadanos estadounidenses)
Presente una copia notariada de uno de los siguientes documentos:

  • Tarjeta de residencia permanente (Green Card)
  • Visa de estudiante estadounidense vigente
  • Permiso de trabajo (sello en el pasaporte)
  • Documento de libertad condicional (parole)

Importante: El documento debe estar notariado en la misma página.

7. Comprobante de admisión en España

Debe presentar uno de los siguientes certificados oficiales de admisión emitidos en España:

  • Admisión en una universidad o centro educativo reconocido que confirme la matriculación a tiempo completo para la obtención de un título o certificado.
  • Admisión en un centro de investigación o formación para un programa a tiempo completo para la obtención de un título o certificado.
  • Admisión en un centro de estudios, familia de acogida o institución, incluyendo un compromiso por escrito del organizador del programa para cubrir los gastos (si corresponde).

Importante: La carta debe estar en español. Acreditación de recursos económicos Los solicitantes deben demostrar que disponen de recursos económicos suficientes para cubrir su estancia en España y su regreso a su país de origen.

Se requieren documentos originales y copias. Importe mínimo requerido

  • Solicitante: al menos 700 $ al mes
  • Este requisito solo se podrá eximir si el alojamiento se paga por adelantado para toda la estancia.
  • Familiares que acompañan al solicitante:
    • 525 $ al mes por el primer miembro de la familia
    • 350 $ al mes por cada miembro adicional de la familia Estos importes no incluyen los gastos de matrícula ni los relacionados con los estudios.

Comprobante de Apoyo Financiero Aceptado

Debes presentar al menos UNO de los siguientes documentos:

  • Carta de la universidad o escuela (en España o EE. UU.) que confirme que asume la plena responsabilidad financiera durante tu estancia. Esta carta debe estar en español. (Suele incluirse en la carta de admisión).
  • Comprobante de ayuda financiera o beca que cubra al menos $700 mensuales para gastos de manutención.
  • Carta notariada de los padres o tutores legales que confirme un apoyo financiero de al menos $700 mensuales.

Esto debe incluir:

  • La carta de apoyo notariada.
  • Extractos bancarios de los padres o tutores.
  • Certificado de nacimiento del solicitante

    Redacción sugerida: “Por la presente certifico que soy (padre/madre/tutor legal) de (nombre del solicitante) y que le proporcionaré una ayuda económica de al menos 700 $ mensuales durante su estancia en España. Asimismo, asumo la responsabilidad financiera ante cualquier emergencia que pueda surgir”.

  • Extractos bancarios personales que muestren fondos suficientes para cubrir al menos 700 $ mensuales durante la estancia.

Requisitos de seguro médico

Los solicitantes deben presentar un certificado de seguro médico público o privado emitido por una compañía autorizada para operar en España (el certificado debe estar en español).

El seguro debe cumplir TODOS los siguientes requisitos:

  • Cubrir todos los riesgos incluidos en el sistema sanitario público español
  • Ser válido durante toda la estancia autorizada
  • Sin periodos de carencia
  • Sin copagos ni franquicias
  • Cubrir el 100% de los gastos médicos, hospitalarios y extrahospitalarios
  • Si la cobertura tiene un límite monetario, este debe ser de al menos 30.000 €
  • NO se aceptan seguros de viaje
  • NO se aceptan las tarjetas de seguro por sí solas como comprobante de cobertura

Certificado médico. . Original y copia de un certificado médico que acredite que el solicitante no padece ninguna enfermedad que pueda tener consecuencias graves para la salud pública, de conformidad con el Reglamento Sanitario Internacional de 2005. Utilice esta plantilla.

Si el solicitante es menor de 18 años:

Identidad de los padres o tutor legal

Debe proporcionar:

  • Copia apostillada del pasaporte del padre, madre o tutor legal.
  • Documento que acredite el parentesco (acta de nacimiento o documento de tutela).
  • Los originales deben presentarse al presentar la solicitud.
  • Si solicita a través de un representante:
  • Copia apostillada del documento de identidad o pasaporte del representante.
  • Poder notarial o documento que acredite la representación.
  • Los originales deben presentarse al presentar la solicitud.
  • Importante:
    • El acta de nacimiento o el documento de tutela deben haber sido emitidos en los últimos 90 días.
    • Los documentos extranjeros deben estar apostillados (Apostilla de La Haya).
    • Las copias de los documentos de identidad deben estar apostilladas.
    • Si solicita por correo, debe presentar el documento de identidad original al recoger el pasaporte.

Requisitos adicionales – Visa de estudiante para menores de 18 años.

Si el menor no viaja con sus padres, la solicitud debe ser presentada por los padres o tutores legales.

Además de los requisitos generales, presente:

1. Certificado de nacimiento

  • Acta de nacimiento original.
  • Debe estar apostillada.
  • Debe estar traducida al español.
  • Si el país no forma parte del Convenio de La Haya, debe estar legalizada por:
    • El Ministerio de Asuntos Exteriores de ese país, y
    • El Consulado de España.

2. Documentos de identidad de los padres o tutores

  • Copias legalizadas de pasaportes o documentos de identidad.

3. Autorización parental notariada y apostillada

Una autorización notariada y apostillada firmada por ambos padres o tutores que incluya:

  • Permiso para que el menor viaje a España.
  • Permiso para que el menor solicite el visado.
  • Nombre de la persona que cuidará del menor en España.
  • Información sobre el colegio/centro/organización responsable.
  • Duración de la estancia.
  • Datos completos del cuidador en España (nombre completo, DNI o NIE, dirección).

Si el documento no está en español, deberá traducirse.

4. Declaración del cuidador en España

  • Declaración notarial de la persona que cuidará del menor.
  • Copia de su DNI o NIE.
  • Certificado de Antecedentes Penales (si lo exige la normativa).

Declaración notarial: Persona responsable del menor en España

La persona que cuidará del menor en España debe presentar:

  • Una declaración notarial que confirme que se hará cargo del menor.
  • Copia de su DNI o NIE.
  • Certificado de Antecedentes Penales emitido por el Ministerio de Justicia (Registro de Delincuentes Sexuales).

Como alternativa, el cuidador puede presentar:

  • Una autorización expresa que permita a la Administración española obtener este certificado directamente.

Si el documento no está en español, deberá traducirse al español.

Si su estancia en España es superior a 180 días, se requerirá:

Certificado de antecedentes penales (para solicitantes mayores de 18 años)

Los solicitantes mayores de 18 años deben presentar:

  • Un certificado de antecedentes penales emitido en los últimos 6 meses.
  • El certificado debe confirmar que el solicitante no tiene antecedentes penales en ningún país donde haya residido durante los últimos 5 años.
  • No se requiere para solicitantes menores de 18 años.

Importante:

  • La verificación de antecedentes debe realizarse mediante comparación de huellas dactilares.
  • Debe ser emitida por el Departamento de Justicia de los Estados Unidos, Oficina Federal de Investigaciones (FBI).
  • No se aceptan certificados de la policía estatal ni local.

Requisitos de legalización y traducción:

  • El certificado de antecedentes penales debe estar apostillado.
  • Debe estar traducido al español por un traductor jurado.
  • La traducción NO requiere apostilla.
  • La apostilla NO requiere traducción.

Si residió en otro país:

Si ha residido en otro país:

Si el solicitante ha residido durante 6 meses o más en otro país en los últimos 5 años, deberá presentar:

  • Certificado de antecedentes penales de dicho país.
  • Legalización:
    • Apostilla (si el país forma parte del Convenio de La Haya), o
    • Legalización por el Ministerio de Asuntos Exteriores y el Consulado de España (si no forma parte del Convenio de La Haya).
  • Traducción oficial al español

INFORMACIÓN SOBRE LA VERIFICACIÓN DE ANTECEDENTES DEL FBI DEL DEPARTAMENTO DE ESTADO
https://www.travelvisapro.com/fbi-background-check?client_id=832612178
INFORMACIÓN SOBRE LA ASOCIACIÓN AMERICANA DE TRADUCTORS
https://www.travelvisapro.com/translations?client_id=832612178
INFORMACIÓN SOBRE LA APOSTILLA DEL DEPARTAMENTO DE ESTADO:
https://www.travelvisapro.com/legalization?client_id=832612178

Si el solicitante ha permanecido seis meses o más durante los últimos cinco años en otro país/estado, deberá presentar el certificado de antecedentes penales de dicho país/estado, legalizado con la Apostilla y traducido al español. Si el país no forma parte del Convenio de La Haya, el documento deberá ser legalizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y posteriormente por el Consulado de España en dicho país.

Por favor, revise los requisitos.
Su solicitud será devuelta inmediatamente si está incompleta o incorrecta, y será necesario concertar una nueva cita.
Las citas son limitadas.

Se requieren fotocopias adicionales de todos los documentos.

Nota: lamentamos no poder aceptar fotografías que no cumplan con estos requisitos

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Proporcione una fotografía de sí mismo reciente (de no más de 6 meses de antigüedad), que no haya sido utilizada previamente en el pasaporte. La fotografía debe ser en color y:

  • Ha de estar tomada de manera que se distingan los rasgos faciales y la cara contraste con el fondo.
  • Ha de ser clara y mostrar la cara enfocada.
  • Ha de estar impresa en papel de calidad fotográfica normal.
  • Ha de verse completamente la cara, sin sonreír, (sin gafas de sol, sombreros/gorras o cualquier atuendo que la cubra salvo que el solicitante lleve estos por razones religiosas o étnicas)
  • Ha de estar adherida a la solicitud.

Advertencia: Por favor siga estas instrucciones cuidadosamente. Las fotografías presentadas deben coincidir con la fotografía biométrica, de no tener similitud su aplicación será considerada incompleta. El centro de solicitudes cuenta con una cabina fotográfica que cumple estos requisitos y garantiza exactitud en el proceso.

La recogida del visado, independientemente de la forma de presentación, siempre tendrá que ser recogida EN PERSONA por el estudiante/conversador/voluntario/au pair, etc., en la oficina del Servicio de Visas BLS para España.

El Consulado General de España, a través de BLS – Spain Visa Application Center, Boston, notificará la resolución de la solicitud. El pasaporte deberá ser recogido por el solicitante personalmente en las oficinas de BLS – Spain Visa Application Center, Boston, de lunes a viernes entre las 15:00 y las 16:00 horas, en un plazo máximo de dos meses. Si no se realiza el cobro dentro del plazo, se entenderá que el interesado ha renunciado al visado concedido, y se archivará el procedimiento.

Una vez recogido el visado, el solicitante deberá entrar en territorio español durante el periodo de validez. En el plazo de un mes desde la entrada (para estancias superiores a 180 días), el extranjero deberá solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero, en la Comisaría de Policía, Sección de Extranjería y Documentación más cercana a su domicilio. En el caso de menores de edad, este trámite podrá ser realizado por un representante.

Si la duración de los estudios no supera los seis meses, el visado será suficiente para documentar la estancia.

El tiempo de procesamiento para este tipo de visa puede tomar aproximadamente de 3 a 5 semanas. Se recomienda no comprar boletos aéreos hasta que se otorgue la visa.

El Consulado General de España en Boston tiene plena autoridad para evaluar y solicitar documentos adicionales a los presentados inicialmente por el solicitante.

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