Visado para estancias superiores a 90 días para participar en el programa de Asistente de Lengua y Cultura Norteamericana (NALCAP) 2023-2024 auspiciado por el Ministerio de Educación de España, para ciudadanos norteamericanos y canadienses.
Miembros de la familia que pueden obtener un visado para acompañar al estudiante:
Los familiares no podrán trabajar durante su estancia en España.
Las estancias de estudios inferiores a 90 días NO requieren visado de estudios.
Esta Oficina Consular es competente para aceptar solicitudes de visa de personas residentes en la demarcación consular: Illinois, Indiana, Iowa, Kansas, Kentucky, Michigan, Minnesota, Missouri, Nebraska, North Dakota, Ohio, South Dakota and Wisconsin.
Las solicitudes de visado pueden presentarse a partir de 6 meses antes del inicio de los programas de estudio pertinentes, ya que el procedimiento implica consultas con otras autoridades.
A partir del 1 de junio, las solicitudes de visas de estudios del programa NALCAP se procesan en las oficinas del BLS - Spain Visa Application Center, Washington DC.
Formas de presentación de documentos:
BLS - CENTRO DE SOLICITUD DE VISA DE ESPAÑA, CHICAGO, IL
121 W Wacker Dr, St 1307, Chicago IL 60601, USA
La tarifa de visa revisada y el cargo por servicio de BLS son los siguientes:
Visa dependiendo de la nacionalidad | Monto en USD |
Ciudadanos de Estados Unidos | $160 |
Ciudadanos de Australia | $476 |
Ciudadanos de Bangladesh | $99 |
Ciudadanos de Ethiopia | |
Para estadias de hasta 180 dias | $88 |
Para estadias mas largas de 180 dias | $510 |
Ciudadanos de Mauritania | $263 |
Ciudadanos de UK | |
Para estadias de hasta 180 dias | $88 |
Para estadias mas largas de 180 dias | $440 |
Todas las otras nacionalidades | $88 |
NOTA: Para solicitar la visa, es OBLIGATORIO pagar también las siguientes tarifas de servicios BLS (si no se pagan, su visa no será procesada): | |
Tarifa adicional | Monto en USD |
Tarifa del servicio de BLS | 18 |
La tarifa puede variar sin previo aviso.
La tarifa no es reembolsable.
Carta de Aceptación de las Comunidades Autónomas ("Asignación") Esta carta debe proporcionar información sobre la escuela a la que ha sido designado el solicitante (dirección, teléfono, correo electrónico de contacto). También debe contener información sobre la beca, la duración del programa y de la póliza de seguro. El Consulado de España SÓLO aceptará firmas originales o cartas firmadas electrónicamente.
Rellene los números 21 (fecha de entrada) y 28 (información completa relacionada con la escuela en España) en el formulario de solicitud.
Verificación de antecedentes penales: Los solicitantes mayores de edad deben presentar una copia original o notariada de su verificación de antecedentes penales emitida por el país / países de residencia en los últimos 5 años que indique que el solicitante no tiene antecedentes penales.
Certificado médico: Certificado médico que demuestre que el solicitante no sufre de drogadicción, problemas de salud mental o cualquier enfermedad que pueda tener repercusiones graves para la salud pública de acuerdo con el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
El formulario de exención de responsabilidad debe enviarse con la solicitud.
Cuando sea necesario para evaluar la solicitud, la Oficina Consular puede solicitar documentos o datos adicionales y también puede solicitar al solicitante que asista a una entrevista personal.
Documentos requeridos para los miembros de la familia
Por cada familiar que acompañe al estudiante, se deberá presentar lo siguiente:
Debe cubrir, al menos, todas las actividades preventivas, diagnósticas, de tratamiento y de rehabilitación que se realicen en el Sistema de Seguridad Social español.
Subsanación de la solicitud: La Oficina Consular podrá solicitar al solicitante la presentación de los documentos faltantes, o la aportación de documentos o datos adicionales que sean necesarios para la resolución de la solicitud. El solicitante también puede ser llamado para una entrevista personal.
Nota: lamentamos no poder aceptar fotografías que no cumplan con estos requisitos
Proporcione una fotografía de sí mismo reciente (de no más de 180 días de antigüedad), que no haya sido utilizada previamente en el pasaporte. La fotografía debe ser en color y:
Advertencia: Por favor siga estas instrucciones cuidadosamente. Las fotografías presentadas deben coincidir con la fotografía biométrica, de no tener similitud su aplicación será considerada incompleta. El centro de solicitudes cuenta con una cabina fotográfica que cumple estos requisitos y garantiza exactitud en el proceso.
Plazo de resolución:Una vez que la solicitud es aceptada como completa, el plazo legal para llegar a una resolución es de 1 mes a partir del día después de que la solicitud fue registrada en el sistema de visas (no desde la fecha de recepción de la solicitud en la oficina de BLS), pero este plazo puede extenderse si se solicita una entrevista o documentos adicionales.
Denegación del visado o permiso de estancia por estudios.La denegación del visado o la autorización de estancia para estudios se comunicará siempre por correo, indicando los motivos en los que se basó la decisión.
Recursos. En caso de denegación de una autorización de estancia para estudios o visado, el solicitante podrá presentar un recurso en español ante el organismo que ha denegado la solicitud en el plazo de 1 mes a partir del día siguiente a la fecha de recepción de la notificación de denegación. También podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente a la fecha en que el solicitante reciba la notificación de la denegación de visado o la desestimación del recurso de reposición.
Una vez recogido el visado, el solicitante deberá entrar en territorio español durante el periodo de validez del visado. Al ingresar a los Estados Schengen debe recibir el sello de entrada en el pasaporte. Dentro de los primeros treinta días, el solicitante debe solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero o TIE ("Tarjeta de Identidad de Extranjero") en la Oficina Nacional de Extranjeros en la estación de policía de la ciudad en la que se alojará. Si la duración de la actividad no supera los 180 días, el visado será suficiente para acreditar la estancia y no debe solicitar la TIE.