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VISADO AU PAIR

Se entiende por colocación “Au Pair” la realización de un trabajo en una familia para compensar la estancia y manutención con ellos, mejorando al mismo tiempo los conocimientos lingüísticos o profesionales. Su naturaleza jurídica es la de estancia por estudios.

Se considerará “Au Pair” cuando no exista naturaleza laboral sino una relación de colaboración y convivencia familiar que se caracterice por lo siguiente:

  • La persona colocada “au pair” tiene la dirección de la familia con la que vive y para la cual se prestan servicios o tareas domésticas.
  • Que tenga por objeto la prestación de servicios o tareas domésticas siempre que alguno o todos estos servicios o tareas tengan carácter marginal
  • Ausencia de remuneración: la persona que presta los servicios de “au pair” no recibe a cambio remuneración sino alimentación, alojamiento o simple compensación de gastos.
    El solicitante debe tener entre 17 y 30 años de edad.

Los ciudadanos estadounidenses (o de cualquier otra nacionalidad que no requiere visado para entrar en España) que se desplacen a estudiar menos de 90 días no necesitan solicitar este visado.

El Consulado general de España en Miami tiene jurisdicción sobre los siguientes estados: Florida, Georgia y Carolina de Sur.

Las solicitudes de visado deben presentarse con suficiente antelación al inicio de los programas de estudio correspondientes, ya que el procedimiento implica consultas con otras autoridades. No se admiten solicitudes incompletas.

A partir del 15 de agosto de 2023, todas las solicitudes de visados de estudios se tramitan en la oficina de BLS – Spain Visa Aplication Center, Miami.

Formas de presentación de documentos:

  • Todas las solicitudes de visados de estudios (estudiantes y familiares, auxiliares de conversación, au pair, voluntariado, etc.), se presentan de FORMA PRESENCIAL en BLS Visa Service for Spain.
  • BLS - Spain Visa Application Center, Miami
    Departamento de visados nacionales 3191 Coral Way, Suite 611, Miami FL 33145

La presentación se podrá realizar por el/la interesado/a o a través de un representante debidamente acreditado, para lo que puede utilizarse el modelo notariado. Ver sección Descargar Formularios.

La recogida del visado, sea cual sea la forma de presentación, siempre se realizará PERSONALMENTE por el estudiante/auxiliar de conversación/voluntario/au pair, etc., en la oficina de BLS Visa Service for Spain.

Se solicitará cita previa en la siguiente página web: https://usa.blsspainvisa.com/miami (Visados Nacionales)

Correo electrónico: info.miaminational@blshelpline.com
Teléfono: 786‐329‐7199
En el siguiente enlace, podrá encontrar toda la información correspondiente a este tipo de visado:

https://www.exteriores.gob.es/Consulados/miami/es/ServiciosConsulares/Paginas/index.aspx?scco=Estados+Unidos&scd=196&scca=Visados&scs=Visados+Nacionales+-+Visado+de+estudios

NOTA IMPORTANTE: hasta el 1 de diciembre de 2023, BLS Visa Service for Spain seguirá admitiendo las solicitudes por correo postal, dirigidas a 250 Catalonia Ave, Suite 706, Coral Gables Miami 33134.”

La tarifa de visa revisada y el cargo por servicio de BLS son los siguientes:

Tipo de Visa Monto en USD
Con carácter general $99
Nacionales de EE.UU. $160
Nacionales de Canadá $92
Nacionales de Australia $420
Familiares > 18 años $311
Familiares < 18 años $102
Nacionales de Reino Unido $214
Nacionales de Bangladesh $99
Nacionales de Mauritania $255
Cargo por servicio BLS $18
Tarifa de SMS $5
  • La tarifa puede variar sin previo aviso.
  • La tarifa no es reembolsable.

Deberá presentar los siguientes documentos (Los documentos del 1 al 8 son imprescindibles para iniciar el trámite):

  • Formulario de Solicitud de Visado Nacional, completo y firmado. Puede descargarlo de la sección Descargar formularios No olvide indicar el correo electrónico en el apartado #17.
  • Fotografía reciente a color (tamaño pasaporte estadounidense 2”x2”) con fondo claro y uniforme, preferiblemente blanco. No se aceptarán fotografías con fondo oscuro o con objetos o personas que se puedan ver detrás de la cabeza. No pegue la foto al formulario, simplemente envíelas sueltas. No recorte la fotografía para ajustarla al formulario.
  • Tasa consular. Ver apartado TASAS
  • Pasaporte o documento de viaje reconocido como válido con una duración de al menos el tiempo de estancia solicitado y debe contener al menos dos páginas libres en la sección de visas y una copia de la página donde aparecen sus datos y fotos. En caso de no poder presentar el original en el momento de la solicitud, puede enviar una copia notarizada y enviar el pasaporte tan pronto como sea posible.
  • Licencia de conducir y/o Carnet de Estudiante que acredite su residencia legal en nuestra jurisdicción. En caso de no disponer de uno, debe acreditar su residencia aportando varios de siguientes documentos como contrato de alquiler, facturas de luz, teléfono, declaración de impuestos, seguros de vehículos, etc… (Copia notarizada en el caso de la licencia de conducir o carnet de estudiante)
  • Estado migratorio en EE. UU. (no aplicable para ciudadanos estadounidenses): tarjeta verde, visado de estudiante válido de EE. UU., permiso de trabajo (sello en el pasaporte), “parole” (Copia notarizada)
  • Certificado de admisión en español en un centro de enseñanza autorizado en España, para la realización de un programa de tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios. El certificado debe detallar: nombre del programa de estudios, duración (fechas de inicio y fin de estudios), dirección, teléfono, nombre de la persona encargada del programa.
  • Acuerdo de colocación “Au Pair”. Escrito concertado entre las partes en el que consten los derechos y obligaciones de la persona “au pair” y de la familia de acogida en el que conste:
    • duración del acuerdo de colocación, con un máximo de un año
    • participación en los servicios o tareas domésticas, no superior a 5 horas diarias
    • disposición, como mínimo, de un día libre completo a la semana. Al menos uno de los días libres de cada mes deberá ser un domingo, y se le darán las mayores facilidades para participar en actos religiosos.
    • especificación del domicilio en el que la persona colocada “au pair” habrá de compartir la vida de la familia de acogida, disfrutando al mismo tiempo de un cierto grado de independencia.
    • cantidad determinada que la persona colocada “au pair” recibirá mensualmente en concepto de dinero de bolsillo.
    • circunstancias y faltas por una parte y la otra que permiten que el acuerdo de colocación pueda ser denunciado con un preaviso de dos semanas.
    Cuando la duración de la estancia supere los seis meses, se requerirá además Certificado Médico y Certificado de antecedentes penales No aplicable para estudiantes menores de 18 años.
  • Certificado médico con membrete, firma, número de licencia y sello del médico, junto con traducción jurada del mismo al español que indique:
    "Este certificado médico acredita que el Sr. /Sra. (...) No padece ninguna de las enfermedades que puedan tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el reglamento sanitario internacional de 2005".
    Si utiliza el modelo bilingüe proporcionado por el consulado (consulte la sección “Descargar formularios”, no es necesaria la traducción.
    Este certificado es válido por 3 meses.
  • Certificado de antecedentes penales con fecha no mayor a 6 meses antes de la fecha de solicitud, en el que conste que el solicitante no tiene antecedentes penales en los países donde ha residido durante los últimos cinco años.
    Debe solicitar una certificación de antecedentes verificada por comparación de huellas dactilares. La certificación de antecedentes penales debe ser emitida por el Departamento de Justicia de los EE. UU. - Oficina Federal de Investigaciones (FBI)
    La certificación de antecedentes debe emitirse dentro de los 6 meses anteriores a la presentación de la solicitud de visado. No son válidos los certificados penales estatales ni de la policía local
    Los antecedentes penales deben estar legalizados con la certificación de Apostilla de La
    Haya y traducidos al español por un traductor jurado. (La traducción no necesita Apostilla y la Apostilla no necesita traducción)

INFORMACIÓN VERIFICACIÓN DE ANTECEDENTES DEL FBI DEPARTAMENTO DE ESTADO
https://www.fbi.gov/services/cjis/identity HYPERLINK "https://www.fbi.gov/services/cjis/identity-history-summary-checks"- HYPERLINK "https://www.fbi.gov/services/cjis/identity-history-summary-checks"history HYPERLINK "https://www.fbi.gov/services/cjis/identity-history-summary-checks"- HYPERLINK "https://www.fbi.gov/services/cjis/identity-history-summary-checks"summary HYPERLINK "https://www.fbi.gov/services/cjis/identity-history-summary-checks"- HYPERLINK "https://www.fbi.gov/services/cjis/identity-history-summary-checks"checks HYPERLINK "https://www.fbi.gov/services/cjis/identity-history-summary-checks"
Traducciones: ASOCIACIÓN AMERICANA DE TRADUCTORES: HYPERLINK "https://www.atanet.org/"
INFO DEPARTAMENTO DE ESTADO APOSTILLA
https://travel.state.gov/content/travel/en/records HYPERLINK "https://travel.state.gov/content/travel/en/records-and-authentications/authenticate-your-document/apostille-requirements.html"- HYPERLINK "https://travel.state.gov/content/travel/en/records-and-authentications/authenticate-your-document/apostille-requirements.html"and HYPERLINK "https://travel.state.gov/content/travel/en/records-and-authentications/authenticate-your-document/apostille-requirements.html"- HYPERLINK "https://travel.state.gov/content/travel/en/records-and-authentications/authenticate-your-document/apostille-requirements.html"authentications/authenticate HYPERLINK "https://travel.state.gov/content/travel/en/records-and-authentications/authenticate-your-document/apostille-requirements.html"your HYPERLINK "https://travel.state.gov/content/travel/en/records-and-authentications/authenticate-your-document/apostille-requirements.html"- HYPERLINK "https://travel.state.gov/content/travel/en/records-and-authentications/authenticate-your-document/apostille-requirements.html"document/apostille HYPERLINK "https://travel.state.gov/content/travel/en/records-and-authentications/authenticate-your-document/apostille-requirements.html"- HYPERLINK "https://travel.state.gov/content/travel/en/records-and-authentications/authenticate-your-document/apostille-requirements.html"requirements.html HYPERLINK "https://travel.state.gov/content/travel/en/records-and-authentications/authenticate-your-document/apostille-requirements.html"

Si el solicitante ha permanecido seis meses o más durante los últimos cinco años en otro país, deberá presentar los antecedentes penales de ese país, legalizado con la Certificación de Apostilla y traducido al español. Si el país no es parte de la Convención de La Haya, el documento debe ser legalizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y luego por el Consulado de España en ese país. La legalización debe hacerse siempre sobre el original del documento por el país/estado emisor del mismo.

Subsanación de la solicitud: La Oficina Consular podrá solicitar al solicitante la presentación de los documentos faltantes, o la aportación de documentos o datos adicionales que sean necesarios para la resolución de la solicitud. El solicitante también puede ser llamado para una entrevista personal.

VISADO DE ESTUDIOS PARA MENORES DE 18 AÑOS

Al tratarse de menores de edad y no viajar acompañado de sus padres, la solicitud deberá ser presentada por sus padres o tutores legales debidamente acreditados

Además de los documentos detallados más arriba (requisitos del 1 al 11), deberá presentar los siguientes:

  • Certificado de nacimiento original del menor, legalizado con la Apostilla de la Haya y traducido al español. En aquellos países que no sean parte del Convenio de la Haya deben estar legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores y luego por el Consulado español en dicho país.
  • Copias legalizadas de los documentos de identidad o pasaportes de los padres o tutores.
  • Autorización notarial de ambos padres o tutores para el desplazamiento a España e identificando a la persona que se hará cargo del menor en España, a efectos de realizar la actividad de que se trate, con constancia del centro, organización, entidad y organismo responsable de la actividad y el periodo de estancia previsto. En dicha autorización deberán constar expresamente los datos de las personas que se harán cargo del menor una vez que se encuentre en España, con expresión de sus nombres, apellidos, números de DNI o NIE y domicilio. Si el documento está en otro idioma deberá estar traducido al español.

En el caso de hijos menores de padres divorciados, deberán presentar también la sentencia final de divorcio y sentencia del Juez conteniendo las disposiciones sobre la custodia del menor otorgando la custodia al progenitor que está tramitando la solicitud del visado, legalizada o apostillada y traducida oficialmente al español en el caso de que esté redactada en idioma distinto del español o inglés.

Declaración notarizada de la persona o personas haciéndose cargo del menor en España, con copia de los DNI o NIE y certificado de Naturaleza Sexual expedido por el Registro de Delincuentes Sexuales del Ministerio de Justicia (https://sede.mjusticia.gob.es/es/tramites/certificado-registro-central)
o autorización expresa para que la Administración obtenga dicha certificación
(https://www.mjusticia.gob.es/es/Ciudadano/TramitesGestiones/Documents/1292428513701-Modelo_de_autorizacion.PDF)

Nota: lamentamos no poder aceptar fotografías que no cumplan con estos requisitos

Proporcione una fotografía de sí mismo reciente (de no más de 6 meses de antigüedad), que no haya sido utilizada previamente en el pasaporte. La fotografía debe ser en color y:

  • Ha de estar tomada de manera que se distingan los rasgos faciales y la cara contraste con el fondo.
  • Ha de ser clara y mostrar la cara enfocada.
  • Ha de estar impresa en papel de calidad fotográfica normal.
  • Ha de verse completamente la cara, sin sonreír, (sin gafas de sol, sombreros/gorras o cualquier atuendo que la cubra salvo que el solicitante lleve estos por razones religiosas o étnicas)
  • Ha de estar adherida a la solicitud.

Advertencia: Por favor siga estas instrucciones cuidadosamente. Las fotografías presentadas deben coincidir con la fotografía biométrica, de no tener similitud su aplicación será considerada incompleta. El centro de solicitudes cuenta con una cabina fotográfica que cumple estos requisitos y garantiza exactitud en el proceso.

Plazos de tramitación

La recogida del visado, sea cual sea la forma de presentación, siempre se realizará PERSONALMENTE por el estudiante/auxiliar de conversación / voluntario / au pair, etc., en la oficina de BLS Visa Service for Spain.

El Consulado General de España, a través de BLS– Spain Visa Aplication Center, Miami, notificará la resolución de la aplicación. El pasaporte deberá ser recogido por el solicitante personalmente en las oficinas de BLS – Spain Visa Aplication Center, Miami, de lunes a viernes entre las 3:00 y las 4:00 PM, en el plazo máximo de dos meses. De no efectuarse en el plazo mencionado la recogida, se entenderá que el interesado ha renunciado al visado concedido, y se producirá el archivo del procedimiento.

Recogido el visado, el solicitante deberá entrar en el territorio español durante el plazo de vigencia. En el plazo de un mes desde la entrada (para estancias superiores a 180 días), el extranjero deberá solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero, en la Comisaría de Policía, sección de Extranjería y Documentación más cercana a su domicilio. En el caso de menores, este trámite podrá ser realizado por un representante.

Si la duración de los estudios no es superior a seis meses, el visado será suficiente para documentar la estancia.

El plazo de tramitación de este tipo de visado puede tardar aproximadamente 2 a 4 semanas. Se recomienda que no se compren los pasajes aéreos hasta la concesión del visado.

El Consulado General de España en Miami tiene plena autoridad para evaluar y solicitar documentos adicionales de los presentados inicialmente por el solicitante.